Examen Escolta Privado España 2026: 100+25 Preguntas, Anexo IV, Estatura 1,70/1,65 y Conv 03/2026 (no es el test de vigilante)
Guía completa del examen de Escolta Privado en España 2026 (Interior y Policía Nacional). Estructura 100+25 preguntas, Anexo IV, exención para vigilantes, estatura mínima 1,70/1,65 m, marcas físicas oficiales, tasa 23,34 € y convocatorias 2026.
Guía Definitiva 2026 del Examen de Escolta Privado en España
La habilitación de escolta privado no es un complemento cosmético del vigilante: es una figura propia de la Ley 5/2014, artículo 33. Quien incorpora esa habilitación a su Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) puede prestar, integrado en una empresa de seguridad autorizada, servicios de acompañamiento, defensa y protección de personas determinadas o de grupos concretos. El escolta no viste el uniforme del vigilante (art. 33.3) y el programa exclusivo del Anexo IV incluye, entre otros, el porte y depósito del arma de fuego; eso no convierte cada servicio en un manual táctico ni autoriza a identificar o detener como si fueras policía.
Sin embargo, entre los aspirantes que preparan estas pruebas circula una densa red de mitos y errores de enfoque: academias comerciales que venden el curso como un simple «trámite de 60 horas sin examen», foros que afirman que la prueba consiste en el mismo test de 100 preguntas del vigilante de seguridad, candidatos que desconocen que existe un segundo cuestionario eliminatorio de 25 preguntas exclusivo sobre el Anexo IV, opositores que ignoran el requisito de estatura mínima de 1,70 m para hombres y 1,65 m para mujeres, y opositores que siguen buscando la sede de examen en Granada para la convocatoria de septiembre de 2026 cuando la Dirección General de la Policía la sustituyó oficialmente por Jaén.
En esta guía técnica, actualizada y verificada a septiembre de 2026 sobre la base del texto consolidado de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, las bases oficiales publicadas en el BOE (Resolución de 9 de enero de 2026, BOE-A-2026-813) y las resoluciones de la Secretaría de Estado de Seguridad y el Tribunal Calificador de la Policía Nacional, desglosamos al detalle la estructura exacta del examen (100 + 25 preguntas), la exención total de físicas y temario común si ya eres vigilante de seguridad, los baremos físicos del Anexo II (sin natación), el desglose completo del temario exclusivo del Anexo IV, las tasas oficiales, los plazos de inscripción telemática y los procedimientos tras obtener el acuerdo de apto.
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Para comprender con exactitud la naturaleza del examen y las atribuciones del puesto, es imprescindible ubicar al Escolta Privado en su marco normativo frente a las demás figuras de seguridad privada y los cuerpos policiales del Estado y de las corporaciones locales:
| Parámetro comparativo | Escolta Privado (Ley 5/2014 Art. 33) | Vigilante de Seguridad (Ley 5/2014 Art. 32) | Vigilante de Explosivos (Ley 5/2014 Art. 32) | Policía Local (Seguridad Pública Municipal) |
|---|---|---|---|---|
| Naturaleza jurídica | Habilitación profesional privada (sin plazas limitadas) | Habilitación profesional privada (sin plazas limitadas) | Especialidad de seguridad privada (sin plazas limitadas) | Empleo público funcionario de carrera (concurso-oposición con plazas) |
| Organismo examinador | Secretaría de Estado de Seguridad / Policía Nacional | Secretaría de Estado de Seguridad / Policía Nacional | Secretaría de Estado de Seguridad / Policía Nacional | Ayuntamientos / Comunidades Autónomas |
| Titulación académica mínima | Graduado en ESO o Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales | Graduado en ESO o Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales | Graduado en ESO o Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales | Según bases municipales (con frecuencia Grupo C1) |
| Estatura mínima exigida | 1,70 m hombres / 1,65 m mujeres (Base 1.3) | Sin estatura mínima en bases 2026 | Sin estatura mínima en bases 2026 | Variable según municipio (muchos cuerpos ya la han suprimido) |
| Formación previa obligatoria | 180 h comunes + 60 h exclusivas de escolta | 180 h comunes en centro autorizado | TIP de vigilante + curso de explosivos | Academia de Policía tras aprobar la oposición |
| Estructura del examen teórico | Dos cuestionarios: 100 preguntas (Anexo III) + 25 preguntas (Anexo IV) | Un único cuestionario de 100 preguntas (Anexo III) | 25 preguntas (Anexo V); si te presentas a vigilante y explosivos en la misma convocatoria, debes aprobar vigilante para que se califique la especialidad | Temario municipal y autonómico (según cada convocatoria) |
| Tiempo de examen teórico | 50 minutos (primer test) + 15 minutos (segundo test) | 50 minutos exactos | 15 minutos exactos | 1 a 2 horas según la fase |
| Exención para vigilantes en activo | Exento de físicas y del test de 100 preguntas (solo rinde las 25 del Anexo IV) | No aplica (es la figura base) | Exento de físicas y común (solo rinde Anexo V) | No hay exenciones automáticas por habilitación privada |
| Pruebas de aptitud física | Barra o balón 3 kg, salto vertical y 400 m (Anexo II) | Barra/balón 3 kg, salto vertical y 400 m (Anexo II) | Exento si ya es vigilante de seguridad | Según cada convocatoria municipal |
| Arma de fuego | El Anexo IV pregunta porte, depósito y armas reglamentarias de escolta (las bases 2026 no fijan el calibre) | Solo en servicios de vigilante que la tengan autorizada | Armas del programa de explosivos (arma corta y, en transporte, arma larga) | Arma de dotación del cuerpo, según reglamento municipal |
| Uniformidad en el servicio | Sin uniforme (art. 33.3): viste de paisano, adecuado al entorno | Uniforme reglamentario homologado | Uniforme reglamentario con distintivo | Uniforme del cuerpo de policía local |
| Límites de actuación operativa | Protección de personas; no puede identificar ni detener salvo agresión | Vigilancia de bienes e inmuebles; control de accesos | Protección y transporte de sustancias explosivas | Autoridad pública con plenas facultades de orden y seguridad vial |
| Tasa de examen oficial (2026) | 23,34 € (Tarifa duodécima, mod. 790 cód. 015) | 23,34 € (Tarifa duodécima, mod. 790 cód. 015) | 23,34 € (Tarifa duodécima, mod. 790 cód. 015) | Tasa municipal de examen fijada por cada ayuntamiento |
Si te encuentras valorando distintas opciones laborales en el sector de la seguridad, ten muy clara la frontera entre el sector público y el privado. Mientras que para ser funcionario policial debes superar un proceso selectivo competitivo con número tasado de plazas (como explicamos en nuestra guía sobre las oposiciones de Policía Local en España) o penitenciario (oposiciones de Instituciones Penitenciarias), el examen de Escolta Privado no es competitivo: no compites contra otros aspirantes por una nota de corte móvil. Si alcanzas el mínimo exigido de 5 sobre 10 en cada cuestionario y cumples los requisitos de documentación, obtienes legalmente tu habilitación y la expedición de tu TIP.
¿El examen de escolta es el mismo test de 100 preguntas del vigilante?
La respuesta técnica, legal y operativa es rotunda: no. Estudiar únicamente el temario del vigilante de seguridad y creer que te enfrentas a un examen de 100 preguntas es la causa principal de suspenso entre quienes aspiran a la TIP de escolta.
El marco normativo que rige los procesos de selección para el personal de seguridad privada durante el ejercicio 2026 está fijado en la Resolución de 9 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE núm. 12, de 14 de enero de 2026, páginas 6288 a 6309, identificador BOE-A-2026-813).
El apartado 5.1.3 no dice que el escolta «haga el mismo test de vigilante y ya». Ordena pruebas eliminatorias y, en la misma frase, la exención:
«Las personas aspirantes a escolta privado realizarán las pruebas que a continuación se relacionan que tendrán carácter eliminatorio; si bien, estarán exentos/as de realizar la prueba de aptitud física y el primer cuestionario de la prueba de conocimientos teórico-prácticos, quienes ya sean vigilantes de seguridad.»
A continuación concreta: físicas del Anexo II (salvo esa exención) y dos cuestionarios. El primero: cien preguntas en cincuenta minutos, tres alternativas, programa del Anexo III, fórmula [A – E/(n-1)] × 10/P. El segundo: veinticinco preguntas en quince minutos, mismas reglas, programa del Anexo IV. Cada cuestionario se califica de 0 a 10 y hace falta un mínimo de cinco en cada uno. Hay que superar el primero para que se califique el segundo.
Las tres reglas clave del apartado 5.1.3
- Doble cuestionario eliminatorio: Quien accede a escolta sin ser vigilante rinde dos cuestionarios independientes. El Tribunal puede concentrar las pruebas en la misma fecha (base 4.1), pero eso no está garantizado en las bases como «la misma jornada»:
- Primer cuestionario: 100 preguntas tipo test en 50 minutos sobre el temario común de Vigilante de Seguridad (Anexo III de la resolución).
- Segundo cuestionario: 25 preguntas tipo test en 15 minutos sobre los módulos exclusivos de Escolta Privado (Anexo IV de la resolución).
- Corte independiente de 5 puntos sobre 10: No se hace media entre los dos cuestionarios. Tienes que alcanzar un mínimo de 5,00 puntos netos en el examen de 100 preguntas y un mínimo de 5,00 puntos netos en el examen de 25 preguntas. Un 4,90 en cualquiera de los dos cuestionarios supone el no apto automático en el proceso.
- Corrección secuencial condicionada: El Tribunal Calificador establece una condición de exclusión directa: si no apruebas el primer cuestionario de 100 preguntas, tu segundo cuestionario ni siquiera se corrige ni se califica. Quedas excluido de las listas de aptos sin valoración del examen de 25 preguntas.
Fórmula oficial de calificación y penalización de errores
Tanto el primer cuestionario como el segundo se evalúan aplicando la fórmula matemática de corrección con penalización por respuesta incorrecta establecida en el propio apartado 5.1.3 de las bases:
Calificación = [Aciertos - (Errores / (n - 1))] × (10 / P)
Donde:
- Aciertos: Número total de respuestas acertadas.
- Errores: Número total de respuestas erróneas (fallos).
- n: Número de alternativas de respuesta por pregunta. En los exámenes oficiales de la Policía Nacional para seguridad privada se formulan 3 alternativas de respuesta (A, B y C), de modo que
n - 1 = 3 - 1 = 2. - P: Número total de preguntas del cuestionario (P = 100 para el primer cuestionario; P = 25 para el segundo).
- Preguntas no contestadas (en blanco): No suman ni restan puntuación.
Impacto práctico de la fórmula
- Cada acierto en el examen de 100 preguntas suma 0,10 puntos.
- Cada error en el examen de 100 preguntas resta 0,05 puntos (dos fallos anulan un acierto completo).
- Cada acierto en el examen de 25 preguntas suma 0,40 puntos.
- Cada error en el examen de 25 preguntas resta 0,20 puntos (dos fallos anulan un acierto completo de 0,40).
| Cuestionario evaluado | Preguntas formuladas | Tiempo asignado | Alternativas de respuesta | Puntuación por acierto | Penalización por error | Aciertos netos mínimos para 5/10 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Primer cuestionario (Anexo III) | 100 preguntas | 50 minutos (30 s/pregunta) | 3 opciones (A, B, C) | +0,10 puntos | -0,05 puntos | 50 aciertos netos (ej. 60 aciertos y 20 fallos = 5,00) |
| Segundo cuestionario (Anexo IV) | 25 preguntas | 15 minutos (36 s/pregunta) | 3 opciones (A, B, C) | +0,40 puntos | -0,20 puntos | 12,5 aciertos netos (ej. 15 aciertos y 5 fallos = 5,00) |
La gestión del riesgo en la hoja de respuestas es determinante. Responder al azar entre tres opciones tiene esperanza matemática nula (un tercio de acertar +0,10 frente a dos tercios de fallar −0,05). Si descartas con seguridad una falsa, marcar suele ser mejor que dejarla. Las bases no dicen que el blanco reste: la fórmula solo usa aciertos y errores.
Tienes dos días naturales, contados desde el día siguiente al del examen, para impugnar preguntas en secretariaprocesos.dfp@policia.es y sprivadaprocesos.dfp@policia.es (apartado 5.1.3). El documento de identidad va en soporte físico original, no en el móvil (base 4.3). Hay un único llamamiento por prueba (base 4.2).
Si ya soy vigilante de seguridad, ¿de qué pruebas me eximen?
Este es el beneficio reglamentario más importante para los profesionales del sector que ya están en activo y que muchos desconocen o interpretan erróneamente.
El propio apartado 5.1.3 de la Resolución de 9 de enero de 2026 (BOE-A-2026-813) determina de manera expresa:
«…estarán exentos/as de realizar la prueba de aptitud física y el primer cuestionario de la prueba de conocimientos teórico-prácticos, quienes ya sean vigilantes de seguridad.»
Lo que significa en la práctica tener la TIP de Vigilante en vigor:
- Cero pruebas físicas ante el Tribunal: No tienes que realizar las flexiones en barra, el lanzamiento de balón medicinal, el salto vertical ni la carrera de 400 metros lisos. Quedas legalmente exento de acudir a la sede deportiva de la Policía Nacional.
- Cero examen de 100 preguntas del Anexo III: No vuelves a examinarte del programa común (áreas jurídica, socio-profesional, técnico-profesional e instrumental).
- Tu único examen teórico: el segundo cuestionario de 25 preguntas en 15 minutos sobre el Anexo IV.
- Documentación (6.1.C): aportas la TIP de vigilante y el diploma de 60 horas de escolta. Con la TIP quedas exento de aportar el título de ESO (apartado c) y la declaración del Anexo VI (apartado f). No te libra del informe psicofísico que acredite también la estatura, ni de la identidad, ni de los antecedentes (salvo que autorizaras la consulta de oficio). La estatura de la base 1.3 sigue aplicando aunque no hagas las físicas.
El mito del acceso: ¿puedo presentarme a escolta si no soy vigilante?
Existe la creencia errónea y muy repetida en redes sociales de que «es obligatorio ser vigilante antes de poder ser escolta». Esto es jurídicamente falso.
Cualquier ciudadano que cumpla los requisitos generales de edad, nacionalidad, carencia de antecedentes penales, aptitud psicofísica y estatura mínima (1,70 m en hombres / 1,65 m en mujeres) puede presentarse directamente a las pruebas de Escolta Privado si acredita haber superado en un centro de formación autorizado:
- El curso de formación previa de vigilante o un certificado de 180 horas de formación complementaria de los módulos comunes (base 6.1.C.e).
- El diploma de los módulos exclusivos de escolta de 60 horas lectivas.
La diferencia radica únicamente en el examen: si te presentas con los dos cursos sin tener la TIP previa de vigilante, realizas las pruebas físicas completas del Anexo II, el primer examen de 100 preguntas y el segundo examen de 25 preguntas. Si ya posees la TIP de vigilante, te ahorras las físicas y el primer examen y vas directo al test de 25 preguntas.
Requisitos Oficiales 2026: Estatura Mínima y Diplomas Formativos
Antes de abonar tasas o formalizar la inscripción en el Portal del Aspirante, es imprescindible verificar el cumplimiento riguroso de cada uno de los requisitos legales exigidos por el artículo 28 de la Ley 5/2014 y la base 1 de la convocatoria anual:
Requisito específico de estatura (Base 1.3)
A diferencia de la habilitación de Vigilante de Seguridad (que en las bases de 2026 no impone ninguna limitación de estatura), la especialidad de Escolta Privado exige por ley una estatura mínima obligatoria:
- Hombres: Estatura mínima de 1,70 metros.
- Mujeres: Estatura mínima de 1,65 metros.
La base 6.1.C.d exige un informe original de aptitud psicofísica para prestar servicios de seguridad privada que acredite también la estatura del aspirante. La ficha permanente de Interior y la base 1.3 fijan el corte: 1,70 m (hombres) y 1,65 m (mujeres). Si no llegas, no hay TIP aunque apruebes los tests. El informe se presenta, como el resto de la documentación, en dependencias de Policía Nacional o por los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, no como un trámite paralelo inventado.
Requisitos generales de participación (Base 1.2)
- Edad: Ser mayor de edad (tener 18 años cumplidos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias de la respectiva convocatoria).
- Nacionalidad: Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien de terceros Estados que tengan suscrito con España un convenio internacional que reconozca expresamente el acceso a esta profesión.
- Titulación académica: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio), u otros títulos equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
- Aptitud psicofísica: Poseer la capacidad física y la aptitud psicológica necesarias para el ejercicio de las funciones de escolta privado y para la tenencia y uso de armas de fuego, acreditadas mediante el certificado médico regulado por el Real Decreto 2487/1998.
- Carencia de antecedentes penales: Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. (Los delitos imprudentes no impiden el acceso, pero cualquier condena por delito doloso pendiente de cancelación te excluye automáticamente).
- Honor, intimidad y derechos fundamentales (base 1.2.f): no haber sido condenado/a por intromisión ilegítima en el honor, la intimidad o la propia imagen, ni por vulneración del secreto de las comunicaciones u otros derechos fundamentales, en los cinco años anteriores a la solicitud.
- Sanciones de seguridad (base 1.2.g): no haber sido sancionado/a en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
- Separación del servicio (base 1.2.h): no haber sido separado/a del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
Formación previa en centros homologados (Base 1.2.i y 6.1.C.e)
No es posible presentarse a las pruebas de Interior de forma completamente autodidacta sin pasar por un centro homologado. Es obligatorio poseer el diploma oficial emitido por un Centro de Formación de Seguridad Privada debidamente autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad:
- Curso exclusivo de escolta (60 horas lectivas): diploma de centro de formación de seguridad privada, con el programa de la Resolución de 12 de noviembre de 2012 (módulos que el Anexo IV convierte en temario de examen).
- Curso común de vigilante (180 horas y 6 semanas lectivas mínimas), o el certificado de 180 horas de la base 6.1.C.e, si no aportas TIP de vigilante.
Pruebas de Aptitud Física del Anexo II 2026: Marcas Exactas (Sin Natación)
Los aspirantes que no posean la TIP de Vigilante de Seguridad deben superar obligatoriamente las pruebas físicas fijadas en el Anexo II de la Resolución de 9 de enero de 2026.
Es fundamental erradicar dos confusiones generalizadas generadas por guías desactualizadas de internet:
- En las bases de 2026 NO hay prueba de natación. El examen de aptitud física de la Policía Nacional para escoltas y vigilantes no incluye piscina ni pruebas acuáticas de ningún tipo.
- Las marcas se calculan con la edad a la fecha de fin del plazo de inscripción: La edad que determina la tabla de exigencia física es exactamente la que tenga el aspirante el día en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes de esa convocatoria específica, no la edad que cumpla el día de la realización material de las pruebas deportivas.
- Certificado médico el día de las físicas: soporte físico original, expedido entre el inicio del plazo de instancias de esa convocatoria y el día de las pruebas, haciendo constar que reúnes las condiciones precisas para realizarlas. Sin ese original, exclusión. Las bases no hablan de fotocopia compulsada como sustituto.
Las pruebas son eliminatorias: suspender un solo ejercicio supone la declaración inmediata de no apto en el proceso.
1. Prueba de flexión de brazos en barra fija (hombres de 18 a 39 años)
Suspensión pura, palmas al frente, brazos extendidos, cuerpo estático. Flexión válida cuando la barbilla supera la parte superior de la barra. No hay oscilaciones ni impulso. No se hace descalzo ni con guantes. Dos intentos solo si el primero es nulo (incidencia antes del primer esfuerzo); un intento válido por debajo de la marca no da otra oportunidad. Las mujeres no hacen esta prueba: lanzan el balón de 3 kg, igual que los hombres desde 40 años.
| Tramo de edad (hombres) | Repeticiones mínimas para Apto |
|---|---|
| 18 a 25 años | 4 flexiones completas |
| 26 a 32 años | 3 flexiones completas |
| 33 a 39 años | 2 flexiones completas |
2. Prueba de lanzamiento de balón medicinal de 3 kg (mujeres y hombres desde 40 años)
Balón de 3 kg, dos manos, por encima de la cabeza. Se permite elevar talones y plantas si las puntas de los pies siguen en el suelo. Ninguna parte del cuerpo puede tocar el suelo por delante de la línea. Dos intentos solo si el primero es nulo.
| Categoría y tramo de edad | Distancia mínima exigida para Apto |
|---|---|
| Mujeres de 18 a 25 años | 4,75 metros |
| Mujeres de 26 a 32 años | 4,25 metros |
| Mujeres de 33 a 39 años | 4,00 metros |
| Mujeres de 40 a 50 años | 3,75 metros |
| Mujeres de más de 51 años | 3,50 metros |
| Hombres de 40 a 50 años | 7,00 metros |
| Hombres de más de 51 años | 6,50 metros |
3. Prueba de salto vertical (hombres y mujeres de todas las edades)
De costado, brazo extendido, sin levantar los talones en la marca inicial. Separarse al menos 20 cm. Salto con los dos pies a la vez. Marca en tablero o pared; si no hay marca, nulo. Dos intentos solo si el primero es nulo. Un salto válido por debajo de la marca no da un segundo intento.
| Tramo de edad | Hombres (centímetros mínimos) | Mujeres (centímetros mínimos) |
|---|---|---|
| 18 a 25 años | 44 cm | 36 cm |
| 26 a 32 años | 42 cm | 34 cm |
| 33 a 39 años | 40 cm | 32 cm |
| 40 a 50 años | 36 cm | 28 cm |
| Más de 51 años | 34 cm | 25 cm |
(Nota técnica de rigor: en las bases de 2026 la marca mínima de salto para mujeres de 18 a 25 años es de 36 cm, no los 33 cm que publican erróneamente guías antiguas).
4. Prueba de carrera de 400 metros lisos (hombres y mujeres de todas las edades)
Superficie lisa, plana y dura. Salida de pie. Un solo intento. Calzado deportivo; prohibidas las zapatillas de clavos. Abandonar la zona de carrera o una conducta antideportiva elimina.
| Tramo de edad | Hombres (tiempo máximo) | Mujeres (tiempo máximo) |
|---|---|---|
| 18 a 25 años | 1'12'' | 1'33'' |
| 26 a 32 años | 1'14'' | 1'40'' |
| 33 a 39 años | 1'20'' | 1'49'' |
| 40 a 50 años | 1'30'' | 1'56'' |
| Más de 51 años | 1'45'' | 2'06'' |
(Nota técnica de rigor: en las bases de 2026 la marca máxima para mujeres de 18 a 25 años es de 1'33", corrigiendo la errónea cifra de 1'24" que difunden ciertos manuales comerciales).
¿Qué entra en el temario exclusivo del Anexo IV que no entra en el de vigilante?
El segundo cuestionario no es «un poco más de vigilante». El Anexo IV de BOE-A-2026-813 fija 15 temas exclusivos de escolta: 3 del módulo jurídico y 12 del módulo técnico. El Anexo III (el de 100 preguntas) cubre el programa común. El Anexo V es otra cosa: vigilante de explosivos (Reglamento de explosivos, pirotecnia, cartuchería y depósitos), no protección de personas.
La ficha de temario de escoltas del Ministerio del Interior reproduce esos módulos exclusivos, pero en la misma página mezcla también el temario común de 180 horas. Para saber qué entra en las 25 preguntas, usa el Anexo IV del BOE, no el bloque común de esa ficha.
Esto no es un manual de servicio ni un protocolo de tiro o de conducción evasiva. El examen pregunta teoría del programa. Las prácticas de tiro de instrucción se hacen en el centro de formación, no como fase 5.1.3 ante el Tribunal.
Módulo jurídico exclusivo (3 temas)
- Tema 1. Derecho Administrativo especial. El escolta privado: naturaleza. Requisitos para la obtención de la habilitación. No es un segundo Código Penal. Pregunta qué figura eres (distinta del vigilante) y qué requisitos te cierran la puerta: estatura 1,70/1,65, diploma de 60 horas, curso común de 180 horas o TIP de vigilante, y el resto de la base 1. El homicidio, las lesiones y la detención flagrante están en el Anexo III; si ya eres vigilante y solo rinde el de 25, no te examinan otra vez de esos temas.
- Tema 2. Funciones a desempeñar por el escolta privado. Es, en la práctica, el artículo 33 de la Ley 5/2014: acompañamiento, defensa y protección de personas determinadas o de grupos concretos; prohibición de identificar, detener o restringir la circulación salvo agresión o intento manifiesto; entrega inmediata a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sin interrogatorio; y excepción de uniformidad.
- Tema 3. Porte y depósito del arma de fuego. El programa pregunta el régimen de porte y depósito, no cómo disparar. El tiro de instrucción y la balística son los temas 9 a 12 del módulo técnico.
Módulo técnico exclusivo (12 temas)
- Tema 1. La protección. Fuentes y fundamentos de peligro. La protección integral. Qué se protege y frente a qué. No confundir con la vigilancia de inmuebles del Anexo III.
- Tema 2. Protección dinámica (I). Teoría esférica de la protección. Teoría de los círculos concéntricos. Escalones y niveles de seguridad. Evaluación de dispositivos. Coordinación con el Departamento de Seguridad. El enunciado oficial habla de teoría esférica y de círculos concéntricos, no de un número fijo de escoltas ni de formaciones de manual privado.
- Tema 3. Protección dinámica (II). Técnicas de protección en movimiento. Interior de edificios. Escaleras y ascensores. Líneas de recibimiento y control. Evacuaciones. El BOE nombra edificios, escaleras, ascensores, líneas de recibimiento y evacuaciones. No convierte el test en un procedimiento operativo de asalto.
- Tema 4. Protección estática. En el domicilio. En el lugar de trabajo. Coordinación de servicios. El domicilio y el puesto de trabajo del protegido, coordinados con el resto del dispositivo. Distinto de la ronda de vigilante en un polígono.
- Tema 5. Técnicas de seguridad en vehículos. Características del vehículo y de los conductores. Cápsulas de seguridad sobre vehículos. Conducción evasiva: defensiva y ofensiva. Contramedidas electrónicas: inhibidores de frecuencias y perturbadores. Esos son los epígrafes del BOE. El test puede preguntar cómo se llaman y qué función tienen; no te pide que ensayes una maniobra en la calle.
- Tema 6. Caravanas e itinerarios. Clasificación de las caravanas. Itinerarios principal, alternativo, de evacuación y de fuga. Funciones de los escoltas en esos apartados. Dispositivos de localización y seguimiento por satélite y GPS. Si una academia te examina de «el VIP viaja siempre en el asiento trasero derecho», eso no está en las bases: es doctrina de centro, no el Anexo IV.
- Tema 7. Técnicas de información y observación. La información como elemento de la protección y la observación como fuente de información y técnica disuasoria.
- Tema 8. Los procedimientos del agresor. Métodos de actuación: el atentado, el secuestro, la amenaza y la extorsión. Esas cuatro figuras son las del BOE. No sustituyas el temario por siglas de artefactos o ciclos de ataque copiados de manuales extranjeros.
- Tema 9. Armamento. Armas reglamentarias para escoltas privados, cartuchería y munición, conservación y limpieza. Distinto del armamento del vigilante (Anexo III, área instrumental) y del del vigilante de explosivos (Anexo V).
- Tema 10. Teoría del tiro. Balística interna. Balística externa. Balística de efectos. Tres bloques nominados. Teoría, no una fase de fuego real ante Interior.
- Tema 11. Normas de seguridad en el manejo de armas. Generales y específicas.
- Tema 12. Tiro de instrucción. Prácticas de fuego real y/o de fogueo o en simulador homologado, con las armas reglamentarias: se forman en el centro. En el aula de Interior entra como conocimiento del programa, no como prueba 5.1.3.
Lo que no debes estudiar como si fuera Anexo IV
- Anexo V: explosivos, iniciadores, cartuchería, pirotecnia y depósitos. Si ya eres vigilante y te presentas a escolta, esas 25 preguntas no son las tuyas.
- Anexo III entero otra vez si ya tienes la TIP de vigilante: el Derecho Penal general, la detención, los primeros auxilios y el control de accesos se rindieron (o se rinden) en el de 100.
- Natación, psicotécnicos o tiro como fase del Tribunal: no están en el 5.1.3 de 2026.
Tasas Oficiales, Calendario de Convocatorias 2026 y Cambio de Sede
La planificación económica y temporal es vital para no perder el derecho de examen ni pagar importes incorrectos.
Cuantía de la tasa oficial en 2026
De acuerdo con la base 2.3 de la Resolución de 9 de enero de 2026, el importe oficial de la tasa de participación para los procesos selectivos de seguridad privada es:
- Tasa ordinaria de examen: 23,34 euros (Tarifa duodécima de la tasa de la Secretaría de Estado de Seguridad).
- Modelo de pago: Modelo 790, Código de Tasa 015 (Seguridad Privada).
- Tramitación y pago telemático obligatorio: La inscripción y el abono deben realizarse obligatoriamente por medios electrónicos a través de la pasarela de pagos del Portal del Aspirante de la Policía Nacional utilizando Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, certificado digital o DNI electrónico.
- Validez no transferible: El abono de la tasa surte efecto únicamente para la convocatoria concreta en la que se formaliza la solicitud. Si el aspirante no comparece, resulta excluido por documentación o es declarado no apto, la tasa queda completamente consumida y no puede trasladarse ni convalidarse para la siguiente convocatoria.
- Compulsa de documentos (Base 2.3): En caso de requerir compulsa presencial de documentos por los servicios policiales, la tarifa oficial es de 3,92 euros por la primera página más 1,95 euros por cada página adicional.
(Nota de rigor: las bases advierten de que si durante el ejercicio entrase en vigor una nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado la cuantía se actualizaría automáticamente; no obstante, a fecha de septiembre de 2026 la cuota oficial vigente y liquidable en el portal sigue siendo de 23,34 €).
Calendario de las 3 Convocatorias Oficiales de 2026
La Secretaría de Estado de Seguridad convoca anualmente tres periodos de pruebas de selección (base 2.1). En el ejercicio 2026 no existe una cuarta ventana en estas bases:
- Convocatoria 01/2026: diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las bases en el BOE (14 de enero). Interior concreta el plazo del 15 al 28 de enero de 2026, ambos inclusive.
- Convocatoria 02/2026: del 1 al 16 de abril de 2026.
- Convocatoria 03/2026: del 1 al 14 de septiembre de 2026, ambos inclusive, según la ficha de Interior de la Convocatoria 3/2026.
La fecha del aula no está en las bases. La publica el Tribunal en el acuerdo de lista definitiva de convocados (bases 3.4 y 4.1). No hay una cuarta ventana en esta resolución.
¡Atención al cambio de sede en la Convocatoria 03/2026: Jaén sustituye a Granada!
El apartado 4.1 enumera sedes tipo: Baleares, Cádiz, Granada, Madrid, Santa Cruz de Tenerife, Santiago de Compostela, Tarragona, Valencia y Zaragoza. El Tribunal puede suprimir o añadir ciudades.
Muchos aspirantes y academias comerciales siguen difundiendo el listado genérico de las bases. Sin embargo, con fecha 1 de septiembre de 2026, la Dirección General de la Policía publicó en el Portal del Aspirante la nota oficial titulada «03/2026. CAMBIO DE SEDE»:
«Que en relación a la Convocatoria 3-2026 se SUPRIME como sede la ciudad de Granada designándose como NUEVA sede la ciudad de Jaén.»
Si elegiste Andalucía en la 03/2026, rinde en Jaén, no en Granada. Publicada la lista de admitidos, la base 4.2 no permite cambio de sede ni de fecha a petición del aspirante, sea cual fuere la causa.
Funciones Operativas y Límites Legales: El Artículo 33 de la Ley 5/2014
Uno de los capítulos más preguntados en el examen teórico y que mayores consecuencias legales acarrea en la vida profesional es el régimen de atribuciones del Escolta Privado.
El artículo 33 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada delimita con meridiana claridad lo que un escolta puede y no puede hacer:
1. Función nuclear (Artículo 33.1)
El artículo 33.1 dispone que son funciones de los escoltas privados el acompañamiento, defensa y protección de personas determinadas, o de grupos concretos de personas, impidiendo que sean objeto de agresiones o actos delictivos.
2. Prohibiciones y límites estrictos (Artículo 33.2)
En el desempeño de sus funciones, los escoltas privados:
- NO podrán realizar identificaciones de personas.
- NO podrán practicar detenciones ni retenciones.
- NO podrán impedir o restringir la libre circulación de los ciudadanos.
La única excepción legal tasada: El propio artículo 33.2 establece que únicamente podrán realizar tales actuaciones si resultase «imprescindible como consecuencia de una agresión o de un intento manifiesto de agresión a la persona o personas protegidas o a los propios escoltas».
E incluso en ese caso de agresión in fraganti manifiesta:
- La retención debe limitarse al tiempo estrictamente indispensable para reducir el peligro.
- El agresor debe ser puesto inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Queda prohibido «proceder a ninguna suerte de interrogatorio» (art. 33.2).
3. Excepción de uniformidad (Artículo 33.3)
A los escoltas privados se les aplica el régimen general del personal de seguridad (artículo 32), con la excepción expresa de la uniformidad. El escolta privado no viste el uniforme de vigilante: viste de paisano, con ropa adecuada al entorno del protegido. Las bases 2026 no imponen un código de vestimenta (traje oscuro, corbata, etc.).
4. Régimen empresarial obligatorio (Artículo 5.1.b)
En España está prohibido que un escolta trabaje como «autónomo» o guardaespaldas por cuenta propia contratado verbalmente por un particular. La actividad de protección de personas solo puede ser contratada a través de una empresa de seguridad privada debidamente autorizada e inscrita en el Registro Nacional de Seguridad Privada del Ministerio del Interior para la actividad descrita en el artículo 5.1.b de la Ley 5/2014. El escolta trabaja por cuenta de esa empresa, no como autónomo contratado de palabra por un particular. Las bases 2026 no convierten el contrato de esa empresa en un trámite de este examen.
Qué Ocurre Tras Aprobar: Documentación (10 Días) y la Regla de la TIP (3 Meses / 2 Años)
Aprobar el examen no significa tener la TIP en el bolsillo de forma automática. Comienza una fase administrativa con plazos preclusivos donde cualquier descuido anula todo el esfuerzo realizado:
- Publicación del Acuerdo de Aptos por el Tribunal Calificador: Concluidas las pruebas, la Dirección General de la Policía publica en el Portal del Aspirante la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas teóricas y físicas.
- Diez días hábiles de documentación (base 6.1): desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de quienes superaron las pruebas, en dependencias de Policía Nacional o por los medios del art. 16.4 de la Ley 39/2015. Para escolta (6.1.C): identidad en vigor; certificado de antecedentes (salvo autorización de oficio); título de ESO o equivalente (exento si ya eres vigilante y aportas la TIP); informe psicofísico original con estatura; diploma de 60 horas de escolta y el curso de vigilante o certificado de 180 horas (o TIP de vigilante); declaración del Anexo VI (exenta si aportas TIP de vigilante). Sin esa documentación en plazo, no hay habilitación aunque hayas aprobado.
- Habilitación oficial en el Registro Nacional de Seguridad Privada: La Secretaría de Estado de Seguridad dicta la resolución definitiva que habilita formalmente al interesado como Escolta Privado.
- La regla de los 3 meses para solicitar la TIP (Base 8): El aspirante debe solicitar la expedición material de su Tarjeta de Identidad Profesional dentro de los tres meses siguientes a la publicación del acuerdo de habilitación.
- Consecuencia entre 3 meses y 2 años: Si transcurren más de tres meses sin haber solicitado la TIP, el derecho se mantiene pero el interesado deberá volver a aportar de nuevo un certificado negativo de antecedentes penales actualizado y un nuevo informe psicofísico y de estatura.
- El límite letal de los 2 años: Si transcurren más de dos años desde la publicación del acuerdo de aptos sin formalizar la solicitud de la TIP, decaerá de forma absoluta el derecho y el aspirante tendrá que volver a examinarse de todo en una nueva convocatoria.
Plan de Estudio en 6 Semanas y Errores Frecuentes en el Test
Si ya eres vigilante, las semanas 1 y 2 del Anexo III puedes comprimirlas: tu examen oficial son las 25 del Anexo IV. Si entras de cero, el de 100 te elimina antes de que te califiquen el de 25.
Cronograma de estudio intensivo recomendado
- Semana 1: Anexo III (si lo rinde). Constitución, Derecho Penal (dolo e imprudencia, homicidio, lesiones, detenciones, amenazas) y las causas de justificación. Este bloque no sustituye el Anexo IV.
- Semana 2: Anexo III + puente al Anexo IV. Ley 5/2014, artículo 33, personal de seguridad privada y el área socio-profesional e instrumental del programa común. Quien ya es vigilante usa esta semana para el artículo 33 y el porte y depósito.
- Semana 3: Anexo IV jurídico. Naturaleza y requisitos de la habilitación, funciones (art. 33) y porte y depósito del arma. Memoriza las prohibiciones: no identificar, no detener, no restringir la circulación, no interrogar.
- Semana 4: Protección integral, teoría esférica, círculos concéntricos, dinámica en edificios y protección estática. Qué pregunta el BOE (escaleras, ascensores, domicilio, lugar de trabajo), no formaciones de 1 a 5 escoltas de un manual comercial.
- Semana 5: Vehículos, caravanas e itinerarios, procedimientos del agresor, armamento y balística. Itinerario principal, alternativo, de evacuación y de fuga; atentado, secuestro, amenaza y extorsión; balística interna, externa y de efectos; inhibidores y perturbadores como epígrafes, no como receta.
- Semana 6: Simulacros cronometrados y fórmula. 50 minutos para 100 y 15 minutos para 25, con 3 alternativas y penalización. El banco de 200 de este sitio tiene 4 opciones: úsalo para conceptos, no como facsímil.
Errores frecuentes en el test (y fuera de él)
- Estudiar el Anexo V de explosivos creyendo que «el de 25» es siempre el mismo. Escolta = Anexo IV. Explosivos = Anexo V.
- Atribuir al escolta facultades de policía. Cualquier opción que le haga identificar a quien «ronde el domicilio», detener para interrogar o cortar una calle sin agresión o intento manifiesto es falsa. El artículo 33 no exige que la agresión sea armada.
- Confundir el módulo jurídico del Anexo IV con el Código Penal. Homicidio, lesiones y detención flagrante van en el Anexo III. El de 25 pregunta naturaleza, requisitos, funciones y porte/depósito.
- Marcar al azar en el de 25. Un error resta 0,20 puntos sobre 10. En blanco no resta. Si no puedes descartar una de las tres alternativas, no marques.
- Presentarte en Granada en la 03/2026 o llegar a físicas sin el certificado médico original del periodo de instancias.
Cómo Preparar el Examen con el Simulador de 200 Preguntas de ExamenesGratis
En ExamenesGratis tenemos un compromiso inquebrantable de transparencia metodológica y servicio público para la comunidad hispanohablante.
El simulador gratuito de escolta de este sitio es un banco de entrenamiento de conceptos, no el aula de Interior:
Características de nuestro banco formativo:
- 200 preguntas técnicas en español: Sin preguntas de relleno ni enunciados genéricos.
- Desglose temático riguroso:
- Protección y Seguridad: 65 preguntas (32,50%).
- Armamento y Tiro: 36 preguntas (18,00%).
- Derecho Penal y Procesal: 28 preguntas (14,00%).
- Comunicaciones y Deontología: 25 preguntas (12,50%).
- Primeros Auxilios: 24 preguntas (12,00%) (concepto de programa; no es un protocolo clínico de urgencias).
- Derecho Administrativo Especial: 22 preguntas (11,00%) centradas en la Ley 5/2014 y el Reglamento de Seguridad Privada.
- Niveles de dificultad graduados: 72 preguntas de nivel fácil, 93 de nivel medio y 35 de nivel difícil para poner a prueba tu capacidad de razonamiento bajo presión.
- Formato de 4 opciones pedagógicas: En nuestra plataforma formulamos preguntas con 4 opciones de respuesta para profundizar en el análisis crítico y evitar que aciertes por simple descarte obvio.
- Diferencia honesta con el examen oficial de la Policía Nacional: Deseamos subrayar que nuestro simulador es una herramienta de estudio y fijación de conceptos, no un facsímil del examen de la Policía Nacional. En el examen oficial de la Secretaría de Estado de Seguridad te encontrarás con 3 alternativas de respuesta (A, B, C) y con una estructura de dos cuestionarios (100 preguntas del Anexo III más 25 preguntas del Anexo IV, o solo 25 si ya eres vigilante) evaluados con fórmula de penalización negativa. Utiliza nuestro banco para dominar el fondo del temario y asegurarte de que ningún concepto normativo te resulte desconocido el día de las pruebas oficiales.
Si también preparas la habilitación de vigilante, el de 100 preguntas del Anexo III es otro examen. Consulta la guía del examen de Vigilante de Seguridad 2026.
📝Practica con nuestro examen GRATISPractica el temario común de Vigilante de Seguridad (Anexo III; no sustituye las 25 del Anexo IV) →Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre el Examen de Escolta Privado en España
¿Cuántas preguntas tiene el examen oficial de escolta privado en 2026?
El proceso oficial consta de dos cuestionarios eliminatorios: el primero de 100 preguntas en 50 minutos sobre el temario común de vigilante (Anexo III) y el segundo de 25 preguntas en 15 minutos sobre los módulos exclusivos de escolta (Anexo IV). Cada cuestionario tiene 3 alternativas de respuesta y se califica de 0 a 10 con penalización por fallo (dos errores anulan un acierto). Hay que obtener al menos un 5 en cada uno.
Si ya tengo la TIP de vigilante de seguridad, ¿qué pruebas rindo?
Quienes ya sean vigilantes de seguridad están exentos de las físicas (Anexo II) y del primer cuestionario de 100 preguntas (Anexo III). Solo rinden las 25 preguntas en 15 minutos del Anexo IV. Siguen aplicando la estatura 1,70/1,65, el diploma de 60 horas y el informe psicofísico que acredite la estatura.
¿Cuál es la estatura mínima exigida para ser escolta privado?
Por imperativo de la base 1.3 de la convocatoria de la Secretaría de Estado de Seguridad y de la normativa del Ministerio del Interior, la estatura mínima es de 1,70 metros para los hombres y de 1,65 metros para las mujeres. Debe acreditarse mediante certificado médico oficial con baremo del Real Decreto 2487/1998.
¿Cuánto cuesta la tasa de examen en 2026 y cómo se abona?
La tasa oficial fijada en las bases anuales es de 23,34 euros (Tarifa duodécima de la Secretaría de Estado de Seguridad). Se liquida exclusivamente por vía telemática a través del Portal del Aspirante de la Policía Nacional mediante el Modelo 790, código de tasa 015. El abono es válido única y exclusivamente para esa convocatoria concreta.
¿Puedo presentarme a escolta privado sin ser vigilante de seguridad previamente?
Sí. Se puede acceder directamente a las pruebas de Escolta Privado sin tener la TIP de vigilante siempre que se acredite el diploma del curso común de vigilante de 180 horas y el diploma del curso específico de escolta de 60 horas. En ese caso, el aspirante debe superar todas las fases: las pruebas físicas del Anexo II, el examen de 100 preguntas del Anexo III y el examen de 25 preguntas del Anexo IV.
¿Qué diferencia existe entre el temario del Anexo IV y el del Anexo V?
El Anexo IV es el programa exclusivo de escolta: 3 temas jurídicos (naturaleza y requisitos, funciones, porte y depósito del arma) y 12 técnicos (protección integral, teoría esférica y círculos concéntricos, dinámica, estática, vehículos, caravanas e itinerarios, observación, procedimientos del agresor, armamento, balística, normas de seguridad y tiro de instrucción). El Anexo V es el de vigilante de explosivos y no se califica en el proceso de escolta.
¿La convocatoria 03/2026 sigue teniendo sede en Granada?
No. Mediante nota oficial de 1 de septiembre de 2026 publicada en el Portal del Aspirante de la Policía Nacional, el Tribunal Calificador acordó, en aplicación de la base 4.1, suprimir la sede de Granada y designar a Jaén como la nueva sede de examen en Andalucía para la Convocatoria 03/2026.
¿El simulador de 200 preguntas de ExamenesGratis es idéntico al examen oficial?
Nuestro simulador es un gimnasio de preparación conceptual con 200 preguntas técnicas en español y 4 opciones de respuesta por reactivo, concebido para afianzar el dominio integral del temario de seguridad, armamento y legislación. En el examen de la Policía Nacional el formato es de 3 opciones (100+25 preguntas) con corrección mediante fórmula negativa.
¿Qué ocurre si apruebo el examen pero no solicito la TIP en tres meses?
Debes solicitar la expedición de la TIP en el plazo de 3 meses tras la publicación de la lista definitiva de aptos. Si transcurren más de 3 meses, mantienes el derecho durante 2 años pero deberás volver a presentar certificado de antecedentes penales e informe psicofísico actualizado. Si transcurren más de 2 años sin solicitar la TIP, decaerá tu derecho y deberás repetir todas las pruebas.
¿Un escolta privado puede identificar o detener sospechosos en la calle?
No, con carácter general. El artículo 33 de la Ley 5/2014 prohíbe expresamente que los escoltas privados identifiquen a ciudadanos, practiquen detenciones o impidan la libre circulación, salvo que sea imprescindible por una agresión o un intento manifiesto de agresión a las personas protegidas o a los propios escoltas, debiendo entregar a la persona detenida de inmediato a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sin interrogatorio.
Enlaces Oficiales y Fuentes de Verificación
Para consultar convocatorias oficiales, tramitar inscripciones telemáticas y verificar la normativa aplicable, acude siempre a las fuentes del Estado:
- Boletín Oficial del Estado: Resolución de 9 de enero de 2026 de la Secretaría de Estado de Seguridad (Bases 2026, BOE-A-2026-813)
- Texto consolidado de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada (BOE-A-2014-3649)
- Portal del Aspirante de la Policía Nacional: Procesos de Seguridad Privada e Inscripciones
- Nota oficial de la Policía Nacional sobre el cambio de sede a Jaén en la Convocatoria 03/2026
- Ministerio del Interior: Requisitos oficiales permanentes para Escoltas Privados
- Ministerio del Interior: Convocatoria 3/2026 de Vigilantes de Seguridad y Escoltas Privados
- Ministerio del Interior: temario de escoltas privados (módulos de formación; el n.º de preguntas lo fija el BOE)
- Real Decreto 2487/1998 sobre aptitud psicofísica para armas y seguridad privada (BOE-A-1998-27866)
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